Por: Blanca Nelly Mendivelso.
El Ministerio de la Protección Social
expidió el pasado mes de agosto la Resolución 3026, por la cual se establecen
valores máximos para el reconocimiento y pago de recobros por medicamentos no
incluidos en los planes de beneficios con cargo a los recursos del Fondo de
Solidaridad y Garantía (Fosyga), lo que sigue generando reacciones de expertos,
quienes aseguran que alrededor de esto aún existe todo un comercio que
beneficia a unos pocos y no precisamente a los pacientes.
“Aunque el Gobierno dijo que pondría
límite a los recobros, la resolución expedida contempla unos techos todavía muy
altos”, aseguró José Julián López, director del Centro de Información de
Medicamentos de la
Universidad Nacional (Cimún) y miembro de la Red Latinoamericana
de Centros de Información de Medicamentos.
Sin embargo, señala que ya hay un paso
hacia adelante, pues por lo menos se fija un techo máximo que aunque no es el
ideal se puede negociar más bajo ya que hay países que venden el mismo
medicamento mucho más económico.
En las EPS existe un Comité Técnico
Científico que evalúa si se puede prescribir un procedimiento o un medicamento,
y una vez autorizado, pasa la cuenta al Fosyga para que lo pague a precios que
hoy son señalados como exorbitantes; ese proceso es lo que se llama recobro y
que “tiene quebrado el sistema de salud”, asegura López.
Se presentan casos exagerados. Por
ejemplo, la resolución del Ministerio contempla que el valor máximo de cada
cápsula, tableta o comprimido de Lenalidomida (empleado en el tratamiento del
mieloma múltiple y la leucemia) es de $ 669.439,08. La Tirotropina (para la
tiroides) puede cobrarse hasta por $ 1.330.637,63 el miligramo.
De la misma forma pasa con el
Trabectedin (para tratamiento de cáncer), que puede costar hasta $ 4.774.400,00
cada miligramo. “Esto quiere decir que al Estado el tratamiento de una persona
le cuesta un 'ojo de la cara'”, puntualizó el profesor López, quien agregó que la EPS le compra al laboratorio
un medicamento, por ejemplo de 10 mil pesos, y puede pasarle cuenta de cobro al
Fosyga por un millón, “todo porque aquí hay libertad de precios”, refirió el
experto.
Los recobros
La
Ley 100 de 1993 contempla un régimen contributivo. El Estado
aporta un porcentaje de dinero y el trabajador otro para pagar la UPC (Unidad de Pago por
Capitación), con destino a una Empresa Promotora de Salud (EPS).
El valor de la UPC es igual para todos ($
450.000) y se incrementa cuando el trabajador devenga más del salario mínimo.
“Si a mí me descuentan 600 mil pesos por concepto de salud, ese excedente ($
150.000) va al Fosyga, que debe invertir la diferencia para cubrir la salud de
la gente que no tiene trabajo (régimen subsidiado)”, aseguró el profesor López.
Con la Ley 100, el dinero de los aportes es entregado a la EPS para promoción de la
salud, pero “lo que están haciendo actualmente es administrar plata del
Estado”, enfatizó López, agregando que estas entidades no llevan a cabo dicha
promoción porque es más rentable tener gente enferma para poder cobrar al
Fosyga por los procedimientos y medicamentos para el paciente.